Las víctimas campesinas del conflicto armado en Colombia no son iguales: efectos de la heterogeneidad en los resultados de los programas de restitución y reparación

[i]  Por Rocío del Pilar Moreno Sánchez[1] y Jorge Higinio Maldonado[2]

 

En el año 2019, justo antes de la pandemia generada por el SARS-Covid-2, salimos a campo a realizar entrevistas a victimas del conflicto armado en Colombia. Visitamos 46 hogares en 8 departamentos y 14 de los municipios del país más afectados por el conflicto armado. Esta salida de campo hacia parte del trabajo cualitativo que complementaba un proyecto de investigación desarrollado con la Facultad de Economía de Universidad de los Andes, para evaluar el impacto del Programa de Proyectos Productivos -PPP- de la Unidad de Restitución de tierras -URT-a hogares desplazados y despojados de sus parcelas.

Las entrevistas se realizaron a 13 mujeres y 33 hombres con una edad promedio de 57 años. Sin incluir a dos entrevistados cuyo nivel de educación es profesional, la educación promedio de los demás no alcanza la primaria completa (3.8 años). El área promedio de las parcelas o lotes restituidos es de cerca de 5 hectáreas. Las menores áreas restituidas (dos casos de 160 y 200 m2) corresponden a casa-lotes ubicados en caseríos, mientras que las mayores alcanzan un extensión de aproximadamente 27 Ha. Las áreas restituidas se concentran en el rango de 1 a 3 hectáreas (28%) y de 5 a 10 hectáreas (28%).

Además de las entrevistas realizamos una revisión muy detallada de todas las sentencias de restitución de los hogares que visitamos. Estas sentencias básicamente constituyen los documentos oficiales que restituyen material y jurídicamente las tierras de los campesinos que fueron desplazados de sus parcelas por parte de diferentes actores durante el conflicto armado.

Uno de los principales descubrimientos de ese trabajo de investigación que, aunque parezca obvio, no se tiene en cuenta en las evaluaciones o en los programas destinados a la reparación, es que las víctimas del conflicto son altamente heterogéneas, no solo por sus condiciones socioeconómicas o demográficas, sino, quizá, más importante aún, por el contexto particular asociado al conflicto que debieron afrontar.

No fue un trabajo fácil, ni emocional ni logísticamente. Nos enfrentamos a condiciones de inseguridad, como en otras salidas de campo, pero sobre todo a historias tan profundamente difíciles que nos rompieron por dentro. A pesar de esas situaciones, una de las lecciones más importantes es entender que los procesos de investigación, que involucren población vulnerable, deben reconocer el valor y la relevancia que tiene el análisis cualitativo para comprender la dimensión humana detrás de las evaluaciones cuantitativas.

Nuestras conversaciones y los análisis de las sentencias de restitución nos mostraron no solo las situaciones criticas que han tenido que vivir y resistir las victimas campesinas en Colombia, sino, sobre todo, cómo las diferentes condiciones que todas ellas enfrentaron -y aun enfrentan- han afectado su posterior re-vinculación a la sociedad y a sus formas de vida. Entre ellas, el desconocimiento y desprecio por parte de la población, principalmente urbana, que desconoce su historia de vida, su historia de lucha por salir adelante, a pesar de estar inmersos en un conflicto, que muchos de nosotros ignoramos.

Escribimos esta nota porque nos parece importante que la sociedad, incluidos los analistas y académicos, conozcamos algunas de las realidades que los campesinos de nuestro país, y sus familias -que generan gran parte de los alimentos que consumimos- han tenido que encarar en, al menos, los últimos 50 años.

Los campesinos en el país han sido victimas no solo de un grupo armado, sino de varios, de diferentes tendencias, algunas veces de manera consecutiva, dependiendo de la movilización de fuerzas en las diferentes regiones; otras, de manera simultánea, cuando los actores armados ilegales o legales se cruzan en el mismo territorio.

Es así como –solo– en la muestra de 46 hogares que nosotros visitamos en 14 municipios del país (Tablón de Gómez, Pasto (Nariño), Montería (Córdoba) , Ovejas (Sucre), Trujillo, Buga La Grande, Tuluá (Valle), Carmen de Bolívar (Bolívar), Ataco, Lérida, Líbano (Tolima), San Carlos, Granada (Antioquia) y La Palma (Cundinamarca), los campesinos fueron “armas de guerra” para grupos ilegales de extrema derecha -como las Autodefensas Unidas de Colombia (bloques Calima, Libertadores del Sur, Tolima, Cacique Nutibara, Metro, Héroes de Granada, Casa Castaño, Héroes de los Montes de María) y sus derivaciones (las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio, las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá́, las Autodefensas de Puerto Boyacá́); actores ilegales de extrema izquierda -que incluyen a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia -FARC- (Frentes 2, 9, 21, 22, 34, 35, 37, 47, 66 y Noroccidente, entre otros), el Ejército Popular de Liberación -EPL-, el Ejército de Liberación Nacional -ELN- (v.g., frente Los Bolcheviques del Líbano), el Ejército Revolucionario del Pueblo -ERP-,  grupos asociados al narcotráfico como el Cartel del Norte del Valle, y bandas criminales o disidentes de los anteriores como los Machos, los Costeños, las Águilas Negras y los Rastrojos. Y también el ejército nacional.

“En el año 2000 la situación de orden público se agudiza por la presencia de los cuatro grupos armados: FARC, ELN, paramilitares y el ejército”.

Sentencia de restitución, departamento de Antioquia

“Primero llegó la guerrilla […], después llegó el ejército […] y empezaron a dispararse y darse plomo […] el conflicto se hizo cada vez más grande”.

Sentencia de restitución, departamento de Nariño

“[…] cuando les tocó abandonar la finca, por la presencia de grupos armados ilegales como los Bolcheviques, las Águilas Negras, las FARC, los Costeños, entre otros.

Sentencia de restitución, departamento de Tolima

De acuerdo con los campesinos que entrevistamos, en algunos casos, los victimarios estuvieron amparados por autoridades municipales, el ejército o la policía. Esta es una de las razones por las cuales algunos de ellos no se registraron como población víctima tan pronto se desplazaron y otros solo lo hicieron al momento de iniciar su proceso de restitución de tierras o a medida que fueron ganando de nuevo confianza en las instituciones. Las víctimas tampoco denunciaban los hechos por temor a represalias por parte de los grupos ilegales.

“[…] informó que no acudieron a ninguna autoridad policial ni judicial, ni tampoco a la Unidad de Víctimas, por miedo a que les pasara algo por hacer referencia de estos hechos y que los mataran por hablar, por lo cual optaron por dirigirse directamente a la Unidad de Restitución de Tierras y poner en conocimiento su situación”.

Sentencia de restitución, departamento de Tolima

“[…] se vieron temerosas de denunciar ante cualquier autoridad a causa de las represalias y amenazas emanadas de los grupos ilegales que participaron en dichos enfrentamientos”.

Sentencia de restitución, departamento de Nariño

“[…] el 23 de diciembre de 1999 un helicóptero lanzó volantes sobre el casco urbano de El salado con amenazas a sus habitantes advirtiéndoles que comieran, bebieran y celebraran las fiestas de fin de año, pues estas serían las últimas. Tampoco se consideró la comunicación oficial que dirigió al Comando de la Primera Brigada de Infantería de Marina el coordinador seccional del CTI de la Fiscalía General de la Nación en Sucre el 15 de febrero de 2000, en el cual anunciaba que había información que indiciaría sobre el riesgo de ocurrencia de hechos de violencia en aquel corregimiento”.

[…] Al día siguiente se practicaron las exhumaciones de las fosas comunes. Mientras esto sucedía, los familiares de los habitantes del pueblo intentaban ingresar por la vía a El Carmen de Bolívar para esclarecer lo que había sucedido con sus seres queridos y para rescatarlos en caso de que hubiesen sobrevivido. Los miembros de la Infantería de Marina y los funcionarios de la Alcaldía de El Carmen de Bolívar impidieron el paso alegando que la carretera estaba minada. […] En disonancia con la información de la Infantería de Marina sobre las minas, el grupo de “Amaury” que incursionó por esa ruta no reportó ningún incidente al respecto. El bloqueo del ingreso de los familiares de las víctimas y de la Cruz Roja Internacional fue relatado por el paramilitar alias “Pantera”, quien afirma en su versión libre ante la Unidad de Justicia y Paz que […] prefirió quedarse en la entrada de la vía a El Salado, como infante de marina que era en ese momento, con la misión de impedir el paso”

Centro de Memoria Histórica, 2009: La Masacre de El Salado

El contexto del conflicto enfrentado por los hogares que entrevistamos se remonta, en algunos casos, hasta los años 80. No obstante, las situaciones de violencia que obligaron finalmente a su primer -o único- desplazamiento ocurrieron desde el año 1991 hasta el año 2010; la mayoría de esos desplazamientos (29) ocurrieron entre los años 2000 y 2003, durante el primer período presidencial de Álvaro Uribe Vélez; ocho entre 1997 y 1999; cuatro entre 1991 y 1996; y cuatro entre 2004 y 2010.

Además catorce de los hogares entrevistados sufrieron al menos dos desplazamientos en el periodo comprendido entre 1998 y 2010 (otra vez coincidiendo con los dos periodos presidenciales de Álvaro Uribe Vélez). Entre ellos, dos hogares enfrentaron un tercer desplazamiento entre 2012 y 2014; en esos casos, las situaciones que obligaron al desplazamiento no siempre fueron generadas por el mismo grupo armado.

“Fue desplazado en tres ocasiones: la primera por el Ejército Nacional de Colombia en el año de 1999 al acusarlo de pertenecer a la guerrilla; la segunda, en el año 2000, por los actos de barbarie cometidos por los miembros del Frente Noroccidente de las FARC, quienes pretendían reclutar forzadamente a sus hijos, y utilizaban el inmueble reclamado en restitución para acampar, a lo que se suman las amenazas de tal grupo para que el reclamante abandonara la región ante la negativa de concederles colaboración; la tercera y última fue por su secuestro, amenazas, así́ como el asesinato de varios de sus vecinos por parte del Bloque Metro de las Autodefensas Unidas de Colombia”.

Sentencia de restitución, departamento de Antioquia

 “Del segundo predio también se vio en la necesidad de desplazarse en el año 2005 debido a las amenazas que recibió́, al parecer por la banda criminal Los Rastrojos, quienes le exigieron que se fuera porque estaba en una lista de personas que iban a asesinar”.

Sentencia de restitución, departamento de Valle del Cauca

“Se desplazó forzadamente por la violencia, junto con su familia, en el año 2000, cuando miembros de los grupos guerrilleros pretendían reclutar forzadamente a algunos de sus hijos varones; luego retorna al predio, y sufre un segundo desplazamiento en el año 2002, cuando entran los grupos paramilitares, quienes comienzan a asesinar a sus vecinos y, ante el miedo que sintió, decidió marcharse de sus tierras […]”

Sentencia de restitución, departamento de Antioquia

Los desplazamientos de los hogares entrevistados para esta investigación se generaron por diversas situaciones que incluyen  múltiples hechos victimizantes: (i) el asesinato de parientes como padres (La Palma, Lérida), hermanos (La Palma, Tuluá́, Ovejas) e hijos (Bugalagrande, Ataco, Carmen de Bolívar); (ii) el asesinato de lideres, vecinos, trabajadores o administradores de fincas (Bugalagrande, Trujillo, Tuluá́, Ataco, Lérida, Granada, Montería, Ovejas, Carmen de Bolívar); (iii) atentados (Bugalagrande, Lérida); (iv) masacres (San Carlos, Granada, Ovejas, Carmen de Bolívar); (v) combates entre grupos al margen de la ley (Bugalagrande, Lérida, San Carlos, Granada, Ovejas, Carmen de Bolívar) o entre estos y el ejército nacional (Tablón de Gómez, Pasto, Ataco, Granada, Carmen de Bolívar); (vi) amedrentamientos y amenazas directas (La Palma, Bugalagrande, Trujillo, Ataco, Lérida, Montería, Ovejas, Carmen de Bolívar), (vii) imposición de colaboración por parte de los grupos al margen de la ley, ya sea en dinero, alimentos, alojamiento y/o almacenamiento de material bélico u otro (La Palma, Bugalagrande, Trujillo, Tuluá́, Lérida, Carmen de Bolívar); (viii) intento de reclutamiento de adultos, niños y adolescentes miembros de los hogares entrevistados (Bugalagrande, Trujillo, Lérida, San Carlos, Granada); (ix) violencia sexual (Trujillo, San Carlos); (x) tortura (Trujillo, Lérida); (xi) hurtos de cultivos y animales (Tuluá́, Lérida, Carmen de Bolívar); (xii) desaparición forzada (Tuluá́, San Carlos, Carmen de Bolívar); (xiii) secuestro (Lérida, San Carlos); (xiv) toma e invasión de viviendas y parcelas como centros de operación y campamentos para el desarrollo de actividades delictivas por parte de los actores en conflicto (La Palma, Bugalagrande, Trujillo, Tuluá́, Lérida, Montería, Ovejas); (xv) presencia y/o transporte de minas y otros artefactos explosivos (Tablón de Gómez); (xvi) solicitud por parte de actores armados de cambiar cultivos tradicionales por cultivos de uso ilícito, p.ej. amapola (Pasto), (xvii) incineración de viviendas (Tuluá́, Ovejas), y (xviii) presión o amenazas para vender los terrenos (Carmen de Bolívar, Ovejas, Montería). En un caso el desplazamiento se generó́, además, de los hechos de violencia generalizados, porque dos de sus hijos decidieron ingresar a la policía nacional. Muchos de ellos sufrieron más de un hecho victimizante, ya sea simultáneamente o en un periodo de tiempo determinado.

Algunos de los entrevistados fueron amenazados por ser líderes en sus respectivas comunidades, por ejemplo, obrar como presidentes de la Junta de Acción Comunal de las veredas, por no colaborar con los actores armados ilegales, para que desalojaran los predios o al ser acusados de colaborar o auxiliar a otros grupos en conflicto.

“Las hijas de la solicitante […] fueron víctimas de desaparición forzada a manos de grupos armados ilegales”.

Sentencia de restitución, departamento de Antioquia

“En el año 1999 grupos ilegales -el Bloque Calima de las AUC- incursionaron en el corregimiento apoderándose de los inmuebles, los alimentos y los animales; así́ mismo, amenazaban, maltrataban y asesinaban a los campesinos y los enterraban en fosas comunes ubicadas en los mismos predios”.

Sentencia de restitución, departamento de Valle del Cauca

“[…] y los atroces hechos ocurridos al interior de la escuela en la que estudiaban sus hijos, quienes tuvieron que presenciar torturas, asesinatos e incesantes amenazas”.

Sentencia de restitución, departamento de Valle del Cauca

“[…] la relación sostenida entre el reclamante y el terreno se vio interrumpida con ocasión del homicidio de su hijo perpetrado por el grupo organizado al margen de la ley de las FARC, lo cual generó que el solicitante y su núcleo familiar desertaran de manera permanente de su predio”.

Sentencia de restitución, departamento de Tolima

Los desplazamientos se llevaron a cabo hacia zonas rurales de otras veredas, hacia los centros poblados de sus municipios o de otros municipios, o hacia ciudades capitales; en algunas ocasiones debieron recorrer varios destinos. La elección de los lugares para instalarse dependía, principalmente (i) del apoyo por parte de familiares, amigos, autoridades u ONGs; (ii) de si la situación económica les permitía movilizarse y, por ejemplo, pagar un arriendo o sostener a la familia; y (iii) de la posibilidad de encontrar algún tipo de empleo para subsistir con su hogar fuera de la parcela. En algunos casos, a pesar del peligro, los hogares se vieron obligados a retornar a sus predios de manera temporal para continuar llevando a cabo sus actividades generadoras de ingreso o de alimento mientras era posible; otros debieron abandonar completamente las parcelas, cultivos y animales. Los hogares entrevistados enfrentaron, durante el desplazamiento, variadas situaciones que aumentaron su vulnerabilidad.

“Un día después de la masacre, su cónyuge regresó para recoger la cosecha de maíz”.

Sentencia de restitución, departamento de Sucre

“Dadas las difíciles condiciones económicas que afrontaban, sin tener a donde ir, decidieron permanecer en el predio y continuaban con sus actividades agrícolas de explotación”.

Sentencia de restitución, departamento de Valle del Cauca

“Salió desplazado para la cabecera municipal de El Carmen de Bolívar; al mes de haber salido del predio regreso con dos de sus hijos a recoger unos animales que se habían quedado, pero no los encontró; los animales se perdieron”.

Sentencia de restitución, departamento de Bolívar

El proyecto de vida de los hogares entrevistados antes del desplazamiento estaba ligado a diversas actividades agropecuarias, que desarrollaban ya fuera en tierra propia o de familiares, en compañía o como jornaleros; actividades que constituían una importante fuente de ingreso y de seguridad alimentaria y a las que debieron renunciar, debido al abandono o despojo de sus tierras por causa del conflicto armado. Entre las actividades agropecuarias que desarrollaban los entrevistados, se encuentran cultivos de café, plátano, banano, maíz, frutales (granadilla, lulo, mora, cítricos, aguacate), frijol, yuca, papa, caña panelera, cacao, arroz, algodón, ñame, tabaco, ajonjolí, además de mantener aves de corral, cerdos o cuyes, principalmente para el consumo de la familia. Algunos hogares mantenían algunas cabezas de ganado para la producción de leche o doble propósito.

“Nosotros trabajábamos en una parcela de mi papá, ahí sembrábamos maíz, plátano y arroz, y teníamos 14 vaquitas”.

Sentencia de restitución, departamento de Córdoba

“Teníamos una cría de cerdos; la abandonamos, unas gallinas, unas vacas y las abandonamos; recuperamos 3 vacas y dos terneros cuando fuimos a los 22 días que pudimos entrar y pudimos sacar eso, lo demás se nos perdió”.

Sentencia de restitución, departamento de Bolívar

Entre las sentencias de los hogares entrevistados encontramos órdenes de restitución material y jurídica de parcelas que fueron mal vendidas en medio del conflicto armado (11 parcelas); entre estas, cuatro fueron parcelas donadas a principios de los 90s por FUNPAZCOR, fundación manejada por la Casa Castaño, que no solo impidió́ a los parceleros trabajar en -y habitar- las tierras donadas, sino que años más tarde presionó su venta de nuevo a la fundación. También encontramos seis parcelas adjudicadas por el INCORA o INCODER que fueron vendidas, sin que la enajenación haya sido autorizada, tal y como se requiere en esos casos por la autoridad encargada. En un caso, los propietarios debieron entregar la propiedad como pago por una deuda asumida con un prestamista “gota a gota” para la siembra de productos agrícolas: la caída en los precios de los productos, así́ como la presencia de plagas en los mismos, impidió́ saldar la obligación adquirida y ante las amenazas de muerte de miembros de las autodefensas vinculados con el prestamista, decidieron vender su parcela. Todas las parcelas que vendieron los entrevistados fueron vendidas por precios por debajo del precio comercial, algunas de ellas por valores tan bajos como $200.000/ha. en el año 2008 en Bolívar.

Durante el desplazamiento, los entrevistados desarrollaron diversas actividades económicas, entre las que se encuentran el comercio informal (venta de verduras y pescado, agua, dulces, comida preparada, y víveres), la construcción, la agricultura al jornal, la administración y el cuidado de fincas, el servicio doméstico o servicios de aseo públicos, la minería, el lavado de camiones y buses, la docencia y oficios varios (“rebusque diario”). Los que se desplazaron por algunos meses no siempre lograron desarrollar actividad productiva alguna; en estos casos, recibieron ayudas humanitarias y/o fueron apoyados por familiares y amigos.

Los periodos de desplazamiento oscilan entre menos de seis meses (Nariño) y 25 años (Córdoba), con promedio de 7 años para el primer -o único- desplazamiento y de seis años para los casos en que ocurrió́ un segundo desplazamiento. Algunos entrevistados ya habían retornado cuando recibieron la sentencia de restitución y el proyecto productivo, y habían ya empezado un proceso de reintegro a las actividades productivas propias de la parcela; otros, retornan cuando la sentencia de restitución es emitida; otros, debido a la falta de vivienda o al deterioro de esta, regresan a la parcela casi diariamente para llevar a cabo las actividades propias del emprendimiento productivo apoyado por la URT.

La variedad y el contexto diferenciado de las situaciones causantes del despojo o abandono de las tierras de los 46 entrevistados hace que, en muchos casos, por temor o incluso por falta de información sobre sus derechos, las víctimas no hayan realizado su declaración en el momento de los hechos o no se hayan inscrito en el Registro Único de Víctimas -RUV- o en el registro de población desplazada; esta situación impidió que algunos de ellos hubieran podido ser sujetos de todas las medidas de atención o asistencia establecidas en la Ley 1148/2011 o Ley de Víctimas. En varios de los relatos se evidencia que el registro como víctimas se realiza cuando inician su proceso de restitución de tierras, ya sea porque se acercan a las oficinas regionales de la URT, generalmente por sugerencia de vecinos, o cuando la URT llega directamente a las veredas. En algunos casos, solo hasta que las victimas reciben las sentencias de restitución, se ordena a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas -UARIV- su inscripción en el RUV, que constituye su entrada formal al proceso de atención y reparación integral, contemplado en la Ley de Víctimas.

“Uno con temor, porque ustedes ya saben cómo es la vaina donde hay subversión, lo intimidan a uno: ‘que si se meten a eso van a tener sus consecuencias’; lo intimidan a uno y yo le decía a ella que mejor no nos metiéramos a ese programa”.

Entrevista, departamento de Nariño

Los hogares realizaron su declaración como población desplazada, en promedio, 6 años después de su primer -o único- desplazamiento, 19 de ellos en el mismo año del desplazamiento y doce hogares 10 o más años después, incluyendo dos hogares que tardaron más de 20 años en hacerlo.  Estas diferencias afectan la recepción -en número y tipo- de las medidas de atención, asistencia y reparación contempladas en La Ley de Victimas para estos hogares.

Entre los 46 hogares entrevistados, 37 recibieron al menos una vez “ayudas humanitarias”. El número de estas ayudas es muy variable; por ejemplo, ocho entrevistados reportan haber recibido ayudas humanitarias una o dos veces, cuatro hogares las recibieron nueve o más veces, seis hogares las recibieron entre cinco y seis veces, mientras 16 hogares mencionan haber recibido ayudas humanitarias entre tres y cuatro veces.

Los montos del dinero en efectivo recibido por los hogares a través de ayudas humanitarias varían entre $40.000 y $1.200.000. Las ayudas humanitarias en efectivo fueron utilizadas por los hogares de diferentes formas, principalmente para la compra de alimento, pagos de arriendo y para cubrir los gastos cotidianos del hogar; algunos entrevistados reportan que usaron las ayudas para solucionar problemas de salud, para invertir en la educación de sus hijos, para mejoramiento de vivienda o adquisición de artículos para el hogar, vestuario, transporte o en actividades productivas. Es necesario mencionar que la frecuencia de las ayudas no muestra una regularidad. Algunos las recibieron algunos meses en el año y otros una sola vez.

Con respecto a la indemnización a la que los hogares tienen derecho en su condición de víctimas de diferentes hechos, encontramos que 10 de los 46 hogares entrevistados la han recibido. Aunque la tercera edad es uno de los criterios para priorizar la entrega de indemnizaciones, encontramos que los entrevistados que han recibido este derecho de reparación tienen edades que van desde 48 hasta 76 años, aunque ocho de ellos superan los 60. Entre aquellos que no han recibido la indemnización, encontramos a 14 entrevistados con edades entre los 64 y 77 años. Algunos hogares son sujetos a más de una indemnización por haber enfrentado otros hechos victimizantes además del desplazamiento, como desapariciones y homicidios de familiares. En un caso, el padre del entrevistado murió́ esperando la indemnización.

El monto de la indemnización reportado por núcleo familiar oscila entre 12 y 27 millones de pesos, que se distribuye entre todos los miembros del hogar afectados por el hecho victimizante por el cual se entrega la indemnización. El dinero proveniente de la indemnización ha sido utilizado para diferentes fines: mejorar o adecuar la vivienda, comprar vivienda o parcela, invertir en emprendimientos productivos, comprar artículos personales y prestar el dinero a interés. En algunos casos el dinero de la indemnización ha sido recibido al momento –o muy cerca- de la implementación del proyecto productivo de la URT.

Todo esta información la recogimos a través de la construcción junto con los entrevistados de una línea de tiempo que inicia en el momento del primer -o único- desplazamiento y termina en la fecha de la entrevista. Las siguientes figuras muestran dos ejemplos de estas líneas de tiempo. Allí se registra: (i) fecha de desplazamiento(s) (rojo), (ii) fecha de retorno(s) (verde claro), (iii) fecha de inscripción en el RUV o en el Registro de Población Desplazada (azul), (iv) fecha(s) de recepción de ayudas, o procesos relacionados con la Ley de Víctimas o indemnizaciones (naranja), (v) fecha de solicitud de la restitución de tierras (naranja), (vi) fecha de sentencia de restitución (amarillo), (viii) fecha de inicio y terminación -si aplica- del PPP de la URT (verde), (x) fechas de recepción del subsidio de Familias en Acción, cuando aplica (ocre), (xi) fecha de recepción de otros proyectos (de tipo productivo, de capacitación y formación técnica, de vivienda, de dotación o mantenimiento de bienes públicos), entre otros (violeta).

Adicionalmente, en la línea de tiempo diferenciamos dos periodos: (i) entre el momento del último retorno y la emisión de la sentencia de restitución, y (ii) entre la emisión de la sentencia de restitución y la fecha de la entrevista, con el propósito de comparar la oferta estatal -u otras- recibida por los hogares, diferente a la del PPP de la URT. En la mayoría de los casos, se observa que las intervenciones se concentran en el segundo período. Por ejemplo, encontramos que 12 hogares de 46 entrevistados fueron beneficiarios de al menos un proyecto de tipo productivo entre el momento del último retorno y la fecha de la sentencia de restitución, mientras que 31 hogares fueron beneficiarios de al menos un proyecto productivo después de la sentencia de restitución, incluyendo 18 hogares que retornaron o se reubicaron al momento de recibir la sentencia o después. Entre estos 31 hogares, 14 fueron beneficiarios de dos o más intervenciones de tipo productivo. El número de proyectos entre estos dos periodos se incrementó en 34 intervenciones. En algunos casos, los entrevistados manifiestan que los proyectos productivos complementaron el proyecto apoyado por la URT; por ejemplo, con el dinero del proyecto proveniente de la URT adquirían los animales y con los dineros del otro proyecto (por ejemplo, de FEST) construían las cercas o los establos, o invertían en otro emprendimiento productivo.

Para analizar las diferencias en los impactos generados por el PPP de la URT, y ajustando la propuesta de Sengupta (2012), clasificamos a los hogares en 4 grupos: escaladores rápidos (fast climbers), escaladores moderados (intermediate climbers), escaladores lentos (slow climbers) y escaladores muy lentos (very slow climbers). La clasificación se llevó a cabo teniendo en cuenta la suma de variables para las cuales cada uno de los hogares reportó cambios positivos.

En promedio, los hogares del grupo de escaladores rápidos tienen menor edad, son familias conformadas por un número menor de miembros, presentan un nivel de educación mayor que el de sus pares, y recibieron mayor número de proyectos productivos en el periodo comprendido entre la fecha de emisión de la sentencia y el momento de nuestra visita, comparado, principalmente, con los escaladores muy lentos. Sin embargo, las dos características que exhiben mayor diferencia entre el grupo de escaladores rápidos y el grupo de escaladores muy lentos son aquellas que indican el número promedio de años entre el primer desplazamiento y el único -o último- retorno, y el número promedio de años entre el primer desplazamiento y su inscripción en el RUV; en ambas variables el número de años es mucho menor en el grupo de escaladores rápidos, comparado con el grupo de escaladores muy lentos, indicando, no solo que, probablemente, los últimos recibieron o han recibido menor atención y asistencia en el marco de La Ley de Víctimas, sino que características no observables como el grado de afectación -física o emocional- debido a los hechos victimizantes, permanencia de situaciones de riesgo o peligro en sus lugares de origen, aversión al riesgo, falta de información, o bajos niveles de educación, afectaron la decisión de retornar y/o la decisión de inscribirse formalmente como víctimas del conflicto armado.

Todos estos resultados muestran que los hogares entrevistados (y los intervenidos por los programas) son altamente heterogéneos, entre otros, en aspectos socioeconómicos y demográficos, así como en características relacionadas con el contexto del conflicto (como el número, tipo e intensidad de hechos victimizantes enfrentados, y la atención recibida).

Estas heterogeneidades pueden reflejar el desempeño diferencial de los hogares cuando reciben intervenciones como la de PPP de la URT. En particular, es posible que aspectos como el número y tipo de hechos victimizantes, el temor, la desconfianza en las instituciones, la desinformación, el desconocimiento sobre los derechos, y la diferenciada aversión al riesgo, hayan afectado, de disímiles maneras, la agencia de los hogares que, a su vez, impacta la manera como asumen y desarrollan las intervenciones de reparación ofrecidas.

Las evaluaciones de impacto de este tipo de programas, así como el diseño de los mismos, deben considerar estos tipos de heterogeneidades que pueden no ser evidentes a primera vista.

 

 

[1] Investigadora Asociada. Facultad de Economía. Universidad de los Andes. Bogotá, Colombia. romoreno@uniandes.edu.co

[2] Profesor titular. Facultad de Economía. Universidad de los Andes. Bogotá, Colombia. jmaldona@uniandes.edu.co

[i] Esta nota está basada en los resultados del estudio que se compilan en el documento CEDE titulado “Proyectos productivos en tierras restituidas a víctimas del conflicto armado colombiano: un análisis de impacto cualitativo”. Documento CEDE 2020-9. Uniandes, Bogotá. Disponible en http://hdl.handle.net/1992/41121