La fantástica historia de los contrato de maestros en California

Felipe Barrera: Profesor Asistente de Educación y Economía, Graduate School of Education, Harvard University. Twitter: @felbarrera

La historia

En Junio 10, 2014, una corte californiana decretó inconstitucional el contrato de maestros en el estado. La historia comenzó cuando un grupo de estudiantes de colegios públicos impuso una demanda ante una corte local (“Vergara contra el Estado de California”). Los estudiantes —la mayoría proveniente de hogares de bajos recursos— argumentaron que el derecho a la educación era vulnerado debido a que los colegios públicos a los que podían acceder eran de muy baja calidad, con una proporción alta de maestros malos e inefectivos. La corte decidió escuchar la demanda, amparada en dos cláusulas constitucionales: en primer lugar, la constitución de california reconoce (implícitamente) la educación como un derecho fundamental; en segundo lugar, la constitución de USA decreta la igualdad de protección de las leyes como un derecho fundamental de cualquier persona o grupo.

Varios economistas fueron los testigos del grupo demandante (entre ellos, Thomas Kane and Raj Chetty, ambos de Harvard). Los economistas mostraron con evidencia rigurosa que, efectivamente, personas de bajos ingresos tenían una proporción alta de maestros malos e inefectivos, y que dicha asignación de maestros obedecía con una probabilidad alta a tres características de los contratos laborales: la cláusula de permanencia (“tenure”); la cláusula de período de prueba; y la cláusula de “ultimo en entrar, primero en salir”.

La cláusula de permanencia indica que, una vez contratado un maestro, es muy difícil terminar el contrato. La única solución que tiene el sistema cuando tiene un mal maestro es moverlo de un colegio a otro. Como resultado de esta cláusula, las personas más inefectivas son enviadas a los colegios donde la mayoría de maestros prefieren no trabajar. Son colegio en sitios de la ciudad con mayores tasas de pobreza y condiciones difíciles.

Por otro lado, la cláusula de período de prueba determinaba que, al cabo de dos años, el colegio/distrito debía tomar una decisión de contratar permanentemente (o no) al maestro. En la práctica, y dado los tiempos de corte fiscal y de procedimiento, el período de prueba era menor a dos años. Los economistas presentaron varios estudios en los cuales se mostraba, primero, que los maestros (jóvenes) que recién entraban al sistema tenían una curva de aprendizaje muy rápida; y segundo, que era difícil detectar un buen/mal maestro en un período menor a dos años (el periodo ideal de prueba es de tres años). Los distritos, debido a la cláusula, muchas veces tomaban decisiones de contratación apresuradas que no podían reversar luego.

Finalmente, la cláusula de “último en entrar, primero en salir” inducia a que jóvenes, recién contratados, y potencialmente efectivos, eran los que tenían que salir primero del sistema si ocurría algún ajuste. Por ejemplo, si un maestro joven era muy efectivo, pero recién contratado, el colegio tenía que salir de él/ella en caso de ajuste, y privilegiar a un maestro con más antigüedad en el contrato, aun así este maestro fuera malo.

Por supuesto, la corte también escuchó al otro lado de la demanda. Uno de los argumentos centrales de este lado fue que estas cláusulas existen para evitar arbitrariedades en el contrato laboral y que para poder ser un buen maestro era necesario tener estabilidad laboral.

La sentencia de la corte fue tajante: la corte decretó que se estaba violando el derecho fundamental a la educación y decretó inconstitucionales las tres cláusulas de contratación. La sentencia está siendo contestada actualmente, y no es claro que va a pasar con ella. Si se mantiene, se predice que otros estados van a tener demandas similares.

La relevancia para Latinoamérica

La historia, con una alta dosis de realismo fantástico, tiene varias aplicaciones relevantes para Latinoamérica. En primer lugar, es claro que el derecho fundamental es de los niños; no de los maestros. En Latinoamérica pareciera que el derecho fundamental a la educación es del maestro. Invocando dicho derecho se hacen paros y se cierran colegios, sin caer en cuenta de la contradicción fundamental.

En segundo lugar, ahora la abanderada del derecho fundamental a la educación es la derecha. En contra de varios años de luchas sociales de la izquierda —la cual incluye el derecho de los individuos a la educación— la izquierda es ahora dubitativa sobre el derecho. También es increíble que la derecha acoja como bandera la educación como derecho fundamental.

En tercer lugar, las familias son las que están reclamando el derecho a educación, pero de buena calidad. Es la voz de las familias la que lidera la discusión política. No los maestros; no los políticos. Es la familia Vergara (literalmente).

Finalmente, la discusión no es sobre más recursos, sino sobre la asignación de recursos. Si el sistema repartiera mejor los recursos que tiene, se podría igualar la calidad de la educación que reciben los pobres y los ricos. Desafortunadamente muchos de los sistemas, incluídos los Latinoamericanos, asigna maestros a lugares  basados en antigüedad (a los que tienen más tiempo en el sistema, se les da preferencia en los “mejores” colegios).

Será que es mucho soñar con sistemas Latinoamericanos que pudieran salir del 20% más inefectivo de maestros; en que los derechos laborales de los maestros –todos ellos legítimos— fueran defendidos por las legislaciones laborales generales, sin cláusulas de estabilidad;  en que a los buenos maestros se les pagara y reconociera bien; y en que los que defendieran el derecho a la educación fueran los padres y los estudiantes? Si el sueño se cumpliera, mi pronóstico es que estaríamos en otro nivel de educación. Uno mucho mejor.